El material se preparó con base a las lives realizadas con la asociación entre MigraMundo, Missão Paz y la Defensoría Pública de la Unión (DPU) sobre el beneficio.
Por Rodrigo Borges Delfim
Traducción por Natália Valverde Jatobá
Leer la versión en portugués
Creada por el gobierno federal como una forma de mitigar los efectos de la pandemia de coronavirus, la asistencia de emergencia también puede ser solicitada por los inmigrantes que viven en el Brasil, independientemente de la situación migratoria.
La precaria situación en que se encuentran las familias que perdieron sus ingresos a causa del coronavirus, combinada con los problemas conflictivos de información y tecnología, hacen que el acceso al beneficio sea una tarea complicada.
A partir de las dos lives ya promovidas por MigraMundo, en asociación con la Missãode Paz y la DPU (Defensoría Pública), se han elaborado respuestas a algunas de las preguntas más frecuentes sobre el acceso de los inmigrantes -incluidas las personas en situación de refugiado- al beneficio.
Las preguntas fueron respondidas con la ayuda de João Chaves, de la Defensoría Pública de la Unión (DPU), y Lívia Lenci, abogada de la Missão Paz. Las preguntas específicas que no se tratan a continuación pueden ser enviadas a [email protected] . También es posible ver la live el último martes (21), guardado en Facebook.
¿Tienen derecho los inmigrantes a recibir ayuda de emergencia, independientemente de su origen o situación migratoria?
El beneficio está disponible tanto para los brasileños como para los inmigrantes y las personas en situación de refugio. Tanto la Constitución Federal Brasileña como la Ley de Migración garantizan la igualdad de trato entre nacionales y no nacionales, incluido el acceso a las prestaciones sociales.
Así pues, los solicitantes de refugio, los refugiados reconocidos, los migrantes con residencia por un período de tiempo indefinido (estancia anterior) o por un período
de tiempo determinado (conocido como temporal) tienen derecho a la prestación, siempre que cumplan los demás criterios.
¿Cuáles son los criterios para solicitar ayuda de emergencia?
Para tener derecho a recibir la ayuda, el inmigrante debe cumplir uno de los criterios que se enumeran a continuación:
● ser titular de un MEI (Microempresario Individual); ● estar registrado en el CadÚnico hasta el 20 de marzo (el sistema entró en mantenimiento después de esa fecha para hacer ajustes); ● tienen un ingreso mensual promedio de hasta la mitad del salario mínimo por persona, y hasta 3 salarios mínimos por familia; ● ser un contribuyente – individual u opcional – del Régimen General de la Seguridad Social, en portugués, Regime Geral de Previdência Social;
Todavía tiene que cumplir con todos los criterios que se indican a continuación:
● Tener 18 años de edad o más; ● ingresos mensuales de hasta la mitad del salario mínimo (R$ 522,50) por persona; ● ingresos mensuales de hasta 3 salarios mínimos (R$ 3.135) por família; ● no tener un trabajo formal; ● que no reciben seguridad social o beneficio social, seguro de desempleo u otro programa de transferencia de dinero (excepto Bolsa Família)
En el caso de las mujeres que son madres y jefes de familia, pueden recibir 1.200 reales por mes (el equivalente a dos cuotas), si cumplen alguno de los criterios mencionados anteriormente.
¿Dónde debo solicitar la asistencia de emergencia?
El beneficio debe solicitarse a través de Internet (https://auxilio.caixa.gov.br ) o mediante una aplicación móvil, disponible para dispositivos Android e iOS – no se puede descargar ni acceder a ningún otro programa o sitio web para solicitar el beneficio.
¿Qué documentos necesito para solicitar la prestación?
El documento principal para solicitar asistencia es el CPF, que debe estar en regla. La migración pendiente no es un impedimento para solicitar asistencia.
¿El registro para la ayuda de emergencia es individual? ¿Incluso en una familia?
Sí, el registro es individual. Sin embargo, si más de una persona de la familia tiene derecho a la prestación, es importante que ambas estén juntas en el momento de la inscripción para garantizar que la información proporcionada sea la misma. De esta manera, se evitan las demoras en la prestación del beneficio debido a la incompatibilidad de la información. La prestación puede concederse a un máximo de dos personas de la misma familia, siempre que cumplan todos los criterios.
Sólo tengo CPF y el sistema para solicitar ayuda de emergencia requiere RG. ¿Qué hago?
Aunque el sistema no ofrezca esta explicación, el campo RG del formulario de asistencia de emergencia también acepta otros números de documentos, como el RNE (actual DRM), el protocolo de solicitud de refugio e incluso el número de pasaporte.
No tengo CPF o está en una situación irregular. ¿Qué hago?
El CPF es el principal documento para solicitar asistencia de emergencia. Sin este registro a tiempo, no es posible solicitar el beneficio. En este caso, es necesario solicitar el CPF (o regularizarlo, si procede) a Receta Federal.
¿Cómo regularizar el CPF?
Según la Receta Federal, el inmigrante también puede hacer la regularización o actualización del CPF por correo electrónico. El mensaje debe contener la siguiente información:
● nombre completo; ● Número de CPF; ● dirección de residencia; ● número de teléfono de contacto; ● breve descripción de la solicitud y del procedimiento que debe seguirse
En el mismo mensaje, el inmigrante debe incluir una copia clara y legible de un documento de identidad actualizado (puede ser un RG, una licencia de conducir u otro que tenga una foto), y una foto en formato “selfie”, en la que aparezca exhibiendo el documento.
El correo electrónico para enviar la información cambia según el estado de residencia del inmigrante. Vea la lista a continuación:
● Distrito Federal, Goiás, Mato Grosso, Mato Grosso do Sul Y Tocantins:[email protected] ● Acre, Amazonas, Amapá, Pará, Rondônia y Roraima: [email protected] ● Ceará, Maranhão e Piauí: [email protected] ● Alagoas, Paraíba, Pernambuco y Rio Grande do Norte: [email protected] ● Bahia y Sergipe: [email protected] ● Minas Gerais: [email protected] ● Espírito Santo y Rio de Janeiro:[email protected] ● São Paulo: [email protected] ● Paraná y Santa Catarina: [email protected] ● Rio Grande do Sul: [email protected]
Si no es posible solicitarlo por Internet, el inmigrante debe ir a una oficina de correos, Caixa Econômica Federal o al Banco do Brasil. En este caso, se cobra una tarifa de R$7.
Cabe recordar que, aunque se mantienen en funcionamiento, los organismos de estas tres instituciones tienen restricciones de servicio debido a las medidas de prevención del coronavirus.
No tengo una cuenta bancaria. ¿Cómo voy a conseguir la ayuda?
Para aquellos que no tienen una cuenta bancaria, se crea una simple cuenta digital en la Caixa Econômica Federal, que se mueve a través de una aplicación móvil, Caixa TEM. Esta cuenta es gratuita y no tiene gastos bancarios.
Como la aplicación para solicitar asistencia de emergencia, Caixa TEM está disponible para los teléfonos iOS y Android. El acceso se hace con el CPF y una contraseña numérica de 6 dígitos, que se crea en el acto.
Para acceder a la información de su cuenta, realizar pagos y transferencias con la misma contraseña, debe introducir su número de móvil y esperar un mensaje SMS con un código para confirmar su identificación. Puede obtenerse más información en el sitio web de la Caixa Econômica Federal.
Estoy en una situación migratoria irregular (visado o permiso de residencia caducado, entre otros casos). ¿Puedo solicitar asistencia de emergencia?
Sí, la situación migratoria no es un impedimento para solicitar asistencia de emergencia. Cabe recordar que todos los plazos y procesos relacionados con este asunto están suspendidos debido a la paralización de las actividades en la Policía Federal en medio del coronavirus.
Trabajo con una tarjeta de trabajo firmada y me retiraron del trabajo porque estoy en el grupo de riesgo. ¿Puedo solicitar la prestación?
No, porque la prestación se aplica a los desempleados, a los trabajadores informales o a los que actúan como MEI (Microempresarios Individuales). Los que tienen un trabajo formal activo no reciben ayuda de la ayuda de emergencia.
Tengo un régimen de contrato de trabajo intermitente. ¿Puedo pedir ayuda?
Si el solicitante no está siendo convocado para trabajar, sí. La ley establece que el trabajador formal ACTIVO, o sea, el que realmente trabaja, no puede recibir la prestación. El contrato intermitente es aquel en el que el trabajador está disponible para ser llamado al empleador cuando sea necesario y recibe un pago basado en las horas trabajadas, o sea, si no trabaja, no recibe. El Congreso pensó en estos casos cuando aprobó la Ley que instituyó la ayuda de emergencia para garantizar que el trabajador que tiene este tipo de contrato y no está siendo llamado a trabajar no se quede sin ingresos, teniendo derecho a la ayuda.
¿La familia que ya recibe Bolsa Família tiene derecho a la ayuda? ¿Cuáles son los pasos? ¿La asistencia llega automáticamente?
Sí, la persona que recibe la Bolsa Família puede recibir la ayuda, sólo recordando que no son beneficios acumulativos. Sólo recibirás el que represente el mayor valor para tu familia. En este caso, la cantidad estará disponible el mismo día en que se recibe normalmente el subsidio familiar. Vale la pena recordar que los que ya reciben la Bolsa Família no necesitan registrarse de nuevo para obtener la ayuda de emergencia.
Recibo el beneficio de la Bolsa Família y mi marido, que está en paro, está adjunto a mi inscripción. ¿Puede recibir el beneficio o sólo yo?
Sí, puede. La Bolsa Familia es una prestación social de carácter familiar, es decir, considera la composición familiar para determinar el monto a recibir por cada familia, por lo que su marido ya está contemplado en este monto. En este caso, como el registro de la Bolsa Familia indica que hay dos adultos desempleados en su casa, el valor de la ayuda de emergencia debe ser de R$1.200,00, o R$600 por persona.
¿Por qué hay gente que siempre está en demanda y no tiene respuesta?
Inicialmente, la información proporcionada es que la solicitud se analizaría en un plazo de cinco días hábiles a partir del registro. Sin embargo, hay varios informes de brasileños y migrantes que indican que ese plazo ha expirado y la solicitud sigue siendo objeto de análisis. Por ahora, no hay nada que hacer. Hay que tener paciencia y esperar el análisis de la aplicación. En las redes sociales, más tarde, la Caixa Econômica informó que el plazo de 5 días hábiles es una estimación.
Mi registro fue aprobado, pero aún no he recibido el beneficio. ¿Qué ha pasado?
Existe un calendario específico para el pago de las prestaciones. Así pues, aunque se haya aprobado la solicitud, el depósito sólo se producirá en la fecha indicada en este calendario, que varía en función de varios factores.
Cometí un error al llenar la solicitud de ayuda. ¿Hay alguna forma de corregirlo?
Si ya ha presentado una solicitud, pero ha cometido un error u olvidado incluir información, puede ordenar su registro después de recibir la respuesta a su solicitud. Según la CAIXA, será posible corregir los datos a través del sitio o la aplicación, pero hay que esperar al final del primer análisis.
Por eso es muy importante llenar el registro con cuidado y con mi atención. Compruebe que todos los datos son correctos, que el nombre está escrito exactamente como aparece en su documento. Si es necesario, pide ayuda.